TEJIDOS DE PUNTO.
- 6001000000 80 (9/0) : Terciopelo, felpa (incluidos los tejidos de punto "de pelo largo") y tejidos con bucles, de punto
- 6002000000 80 (2/0) : Tejidos de punto de anchura inferior o igual a 30 cm, con un contenido de hilados de elastómeros o de hilos de caucho superior o igual al 5 % en peso (excepto los de la partida 6001)
- 6003000000 80 (5/0) : Tejidos de punto de anchura inferior o igual a 30 cm, (excepto los de las partidas 6001 o 6002)
- 6004000000 80 (2/0) : Tejidos de punto de anchura superior a 30 cm, con un contenido de hilados de elastómeros o de hilos de caucho superior o igual al 5 % en peso (excepto los de la partida 6001)
- 6005000000 80 (17/0) : Tejidos de punto por urdimbre (incluidos los obtenidos en telares de pasamanería), excepto los de las partidas 6001 a 6004
- 6006000000 80 (17/0) : Los demás tejidos de punto